Lo que el coche debe cumplir antes de tramitar el cambio
La DGT no acepta el cambio de titularidad de cualquier vehículo sin más. Antes de iniciar el trámite, comprueba que el coche cumple estas condiciones.
- Estar de alta administrativa, sin bajas ni impedimentos previos en el Registro de Vehículos.
- Tener pagado el impuesto de circulación (IVTM) del año anterior en el ayuntamiento correspondiente.
- No arrastrar sanciones de tráfico pendientes a nombre del vendedor.
- Contar con la ITV en vigor, requisito para que el nuevo permiso de circulación sea válido.
El trámite paso a paso en la sede electrónica
El proceso se hace online en menos de media hora, sin cita previa.
- Accede a la sede electrónica de la DGT con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Sube el contrato de compraventa firmado por comprador y vendedor.
- Adjunta el justificante del impuesto de transmisiones patrimoniales, o el de la exención si aplica.
- Paga la tasa 1.5 (<strong>55,70 euros</strong> en 2026) directamente en el propio trámite.
- Descarga el permiso de circulación provisional mientras llega el definitivo por correo postal.
- Guarda el justificante del trámite junto con el contrato, por si Hacienda lo pide más adelante.
El importe declarado en el contrato influye directamente en la base del ITP en muchas comunidades. Antes de firmar, comprueba que el precio se ajusta al valor real de mercado del vehículo: una tasación gratuita da una referencia en segundos, sin registrarte.
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Cuánto cuesta el cambio de nombre en 2026
| Concepto | Importe | Quién lo paga |
|---|---|---|
| Tasa DGT (tasa 1.5) | 55,70 euros | Comprador |
| Impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) | Entre el 4% y el 8% del valor fiscal, según comunidad autónoma | Comprador |
| Gestoría (opcional) | Desde 60 euros más IVA si no lo tramitas tú mismo | Comprador |
El ITP no se calcula sobre el precio pactado, sino sobre el valor fiscal que publica cada comunidad autónoma para el modelo y el año del vehículo. Ese valor suele ser más alto que el precio real de un coche con muchos kilómetros o golpes sin reparar.
Qué pasa si te pasas de los 30 días
Pasado el plazo de 30 días, la DGT puede iniciar un expediente sancionador contra el comprador, según el artículo 32 del Reglamento General de Vehículos. El trámite se puede presentar igualmente fuera de plazo, pero el riesgo de sanción ya existe desde el día 31.
Mientras el cambio no se formalice, el coche sigue apareciendo a nombre del vendedor en el registro. Las multas de tráfico y los recibos del impuesto de circulación del año siguiente pueden llegar todavía a su nombre, aunque ya no sea el dueño real.
Errores habituales que retrasan el trámite
- Firmar el contrato sin el número de bastidor completo, lo que bloquea la subida online.
- Olvidar que el vendedor debe enviar antes su propia Notificación de Venta a la DGT.
- Presentar el ITP en la comunidad autónoma equivocada: la que corresponde es la del domicilio del comprador.
- Circular sin seguro a tu nombre antes de recibir el permiso definitivo.
Compruébalo todo antes de firmar. Un solo documento mal subido paraliza el expediente entero durante días, a veces semanas si el registro está saturado.
Antes de firmar, comprueba que el precio cuadra con el mercado
El cambio de nombre confirma quién es el dueño legal, pero no dice si el precio pagado fue justo. Nuestra guía sobre cuánto vale mi coche explica los factores que más pesan en la tasación, y el checklist para vender coche particular repasa el resto de papeles si eres tú quien vende, no quien compra.
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