Arras penitenciales o confirmatorias, la diferencia que decide todo

El Código Civil recoge las arras en su artículo 1454, pensado para las llamadas arras penitenciales: si el comprador se arrepiente, pierde la señal entregada, y si es el vendedor quien se arrepiente, debe devolver el doble de esa cantidad. Es el régimen que la mayoría de la gente cree que se aplica siempre, pero no es así. Existe también la arras confirmatoria, un simple anticipo a cuenta del precio final que no da derecho a que nadie se retracte sin más.

Tipo de arrasSi el comprador se arrepienteSi el vendedor se arrepiente
PenitencialesPierde la señal entregadaDevuelve el doble de la señal
ConfirmatoriasLa otra parte puede exigir la venta o una indemnizaciónLa otra parte puede exigir la venta o una indemnización

Por qué la ley presume arras confirmatorias si no se especifica nada

El artículo 1454 del Código Civil regula el derecho a desistir a cambio de perder o devolver el doble de la señal, pero la jurisprudencia del Tribunal Supremo exige que ese derecho aparezca reflejado de forma clara en el contrato. Un recibo que solo dice señal o paga y señal, sin mencionar expresamente la palabra penitenciales ni el derecho a desistir, suele interpretarse como arras confirmatorias, un simple pago a cuenta del precio total.

La consecuencia es importante. Con arras confirmatorias, ni comprador ni vendedor pueden desistir libremente perdiendo o devolviendo la señal. La otra parte puede acudir a los tribunales para exigir que la compraventa se complete, o reclamar una indemnización por los daños causados por el incumplimiento.

Una señal de 200 o 300 euros mal redactada puede terminar en una demanda por el precio completo del coche. La única protección real es escribir el tipo de arras en el mismo recibo.

Qué debe llevar el recibo de arras antes de pagar nada

  • Fecha y lugar de la firma.
  • Nombre completo y DNI de comprador y vendedor.
  • Datos exactos del vehículo: marca, modelo, matrícula, número de bastidor (VIN) y kilometraje.
  • Precio total pactado por el coche y el importe exacto de la señal entregada.
  • El tipo de arras indicado de forma expresa, penitenciales o a cuenta del precio.
  • El plazo máximo para formalizar la compraventa definitiva.
  • Firma de ambas partes, con una copia para cada una.

Modelo de cláusula que puedes copiar

"El comprador entrega en este acto la cantidad de [importe] euros en concepto de arras penitenciales, conforme al artículo 1454 del Código Civil, como parte del precio total de [precio] euros pactado por el vehículo [marca, modelo, matrícula]. Ambas partes se comprometen a formalizar el contrato de compraventa antes del [fecha]. En caso de desistimiento del comprador, este perderá la cantidad entregada. En caso de desistimiento del vendedor, este devolverá el doble de dicha cantidad."

Cambia la palabra penitenciales por confirmatorias, y elimina la última frase sobre el doble, si lo que buscas es un simple anticipo a cuenta del precio sin derecho a arrepentimiento para ninguna de las dos partes.

Comprueba el precio real antes de entregar la señal

Una señal se paga sobre un precio ya negociado, así que conviene verificar antes que ese precio tiene sentido. Compara el importe pactado con nuestra guía sobre negociar el precio de un coche de segunda mano, y contrasta con una tasación gratuita del mismo modelo, año y kilometraje antes de comprometer tu dinero.

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Lo que hay que recordar antes de firmar un recibo de arras

Sin mención expresa, la ley trata la señal como arras confirmatorias, y ninguna de las dos partes puede simplemente arrepentirse perdiendo o devolviendo el dinero. Escribir el tipo de arras en el recibo, con los datos del vehículo y un plazo claro, es la única forma de saber exactamente a qué te comprometes. Antes de firmar, revisa también nuestra checklist de comprobaciones para no reservar un coche con problemas que aún no has detectado.